Mediaset, sancionada por superar el límite de tiempo de publicidad

  • El grupo de comunicación ha sido sancionado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)
  • La sanción incluye a dos canales de la compañía, Cuatro y Telecinco
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Mediaset ha sido multada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios y autopromoción en sus canales Telecinco y Cuatro.

Mediaset ha infringido la Ley General de Comunicación Audiovisual

El organismo ha abierto un expediente sancionador por lo que considera un incumplimiento leve de la Ley General de Comunicación Audiovisual, tras la observación de los citados canales en los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2015.

En esta ley se recoge que un canal de televisión no puede emitir más de 12 minutos de mensajes publicitarios y de televenta por hora natural.

En ese recuento entran los mensajes publicitarios y de televenta, pero no los patrocinios ni los emplazamientos publicitarios, así como tampoco las telepromociones. Además, la ley establece un máximo de 5 minutos por hora para los anuncios de autopromoción de cada cadena.

Según la CNMC, Mediaset ha infringido estos términos, aunque podrá recurrir en un plazo de 15 días. A partir de ahora, se inicia un periodo que podría alargarse como máximo seis meses para la resolución del expediente.

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