Acuerdo sobre la Ley Rider: presunción de laboralidad y acceso a algoritmos

  • El acuerdo entre Trabajo y agentes sociales incluye el acceso a la inteligencia artificial que rige las plataformas
  • Las empresas afectadas se muestran descontentas ante las cesiones de la patronal
Acuerdo sobre la Ley Rider: presunción de laboralidad y acceso a algoritmos

El ministerio de Trabajo y Economía Social, las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme y los sindicatos CCOO y UGT han alcanzado un acuerdo sobre la regulación de las relaciones laborales de los repartidores a domicilio e impulsar la denominada “Ley rider”. De esta forma, los trabajadores dedicados al reparto y distribución de productos de consumo o mercancías a través de plataformas digitales recibirán condición de asalariados.

Según lo comunicado por la cartera dirigida por Yolanda Díaz, el Estatuto de los Trabajadores reconocerá la presunción de laboralidad para los empleados de compañías como Glovo, Deliveroo o Uber Eats. Además, los representantes legales de dichos trabajadores deberán ser informados de las reglas e instrucciones en las que se basan los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones y que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.

En septiembre, el Tribunal Supremo consideró a los riders como “falsos autónomos”

El acuerdo supone la consolidación del consenso alcanzado a comienzos del mes de febrero, que suponía el primer paso para comenzar a elaborar los aspectos técnicos de Ley de plataformas digitales. Con esta normativa el Ejecutivo busca poner fin a una larga batalla judicial entre repartidores y plataformas, una cuestión que lleva siendo objeto de debate en el ecosistema empresarial desde hace varios años. El pasado mes de septiembre el Tribunal Supremo establecía que la relación entre riders y la empresa Globo tenía naturaleza laboral y que los trabajadores estaban prestando sus servicios en calidad de “falsos autónomos”.

A partir del acuerdo ahora alcanzado, la denominada “Ley rider” tendrá que pasar por el Consejo de ministros, aunque aún no hay fecha establecida para su debate y posterior y previsible aprobación en forma de Real Decreto-Ley. No obstante, desde su publicación en el BOE las plataformas tendrán tres meses de plazo para dar de alta en el régimen general de la Seguridad Social a los empleados. Dicho periodo ha sido recibido con recelo por parte de las plataformas, las cuales lo consideran demasiado corto y pedían ampliarlo a nueve meses.

A pesar de la oposición de la CEOE, que prefería acotar la ley, la nueva regulación no afectará únicamente a compañías como Glovo, Deliveroo o Uber Eats, sino que se hará extensible a otro tipo de plataformas digitales, como las de asesorías legales, fiscales u otros profesionales freelance de todas clases, y no solo a las centradas en el reparto a domicilio.

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Las reacciones de las partes

Los sindicatos se muestran satisfechos con lo acordado y lo califican de hito. "Estas personas tienen que contar con derechos laborales. No son personal autónomo, sino que son trabajadores, y trasladar esto al Estatuto de los Trabajadores es un hito en la regulación de esta nueva economía de plataforma", ha señalado Unai Sordo, Secretario General de CCOO, según recoge Europa Press.

Los representantes de los trabajadores entiende esta normativa como un paso importante para la regulación conveniente de la economía de las plataformas, hasta ahora utilizada, en su opinión, para “precarizar" el empleo. En este sentido, abogan por ampliar el alcance de la ley al conjunto de nuevas relaciones que se establecen en las plataformas digitales.

El sector de la hostelería reclama al Ejecutivo una regulación que no dañe al sector

Por otro lado, desde APS, la asociación creada por las plataformas digitales de delivery (Deliveroo, Stuart, Glovo y Uber Eats), se reafirman en la opinión expresada hace unas semanas, recogida en el “Manifiesto de restaurantes españoles sobre la Ley Rider”. En el documento reclaman al Ejecutivo una regulación que no dañe al sector, especialmente en un contexto de enorme impacto de la pandemia, y consideran que el reparto de comida a domicilio se ha convertido en un “elemento imprescindible” para el desarrollo de su actividad y el mantenimiento del empleo.

La asociación lamenta profundamente la posición que la CEOE ha mostrado en la mesa de diálogo social y sostienen que ninguna de las propuestas del sector ha sido tenida en cuenta, según recoge Cinco Días. Aseguran que las cesiones han sido totales, especialmente las relacionadas con la obligación de revelar los algoritmos, pues lo entienden como una medida que afectará de manera negativa al desarrollo de la economía digital en nuestro país. Además, advierten de que atenta contra los principios más básicos de la libertad de empresa y la propiedad industrial.

En este sentido, la asociación defiende, como ya expresó hace unas semanas, la contribución de los servicios de delilvery a la economía apoyándose en los datos de un estudio elaborado por AFI para Adigital. Según éste, generó más de 708 millones de euros (Valor Añadido Bruto) en 2019, un 10,1% más que en 2018, y contribuyó a generar o mantener más de 15.300 empleos totales en restauración, comercio minorista y sectores asociados.

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La compañía Stuart ha querido puntualizar lo comentado desde la APS, pues considera que la CEOE ha fallado en su función representativa dentro de la mesa del diálogo. “Lamentamos profundamente su falta de apoyo hacia las plataformas, provocando que finalmente no se haya adoptado ninguna de las propuestas del sector del reparto de comida a domicilio”, ha señalado la compañía en un comunicado remitido a medios.

Muestra su preocupación ante el futuro del sector y el efecto negativo que puede tener una laboralización forzosa tanto para los consumidores, como para los mensajeros colaboradores. Sostienen que la decisión debilitará ineludiblemente al pequeño y mediano comercio y no comparten la posición del Gobierno “de ir en contra de la corriente europea -con Francia como mayor ejemplo- donde sí se está legislando a favor de la economía digital y donde se están incluyendo mayores protecciones para los repartidores autónomos”.

Adigital desea una regulación inteligente y moderna queproteja al trabajador, sin frenar la innovación

Por su parte, desde Adigital (Asociación Española de la Economía Digital) consideran que, teniendo en cuenta la actual coyuntura, es más necesario que nunca dotar de seguridad jurídica a las empresas digitales e impulsar la digitalización empresarial. No obstante, se muestra a favor de revisar la regulación vigente ante la irrupción de nuevos modelos de negocio, tendiendo nuestra mano a las administraciones públicas para facilitar la comprensión de estas nuevas realidades.

Aseguran que tal y como está redactada, esta norma solo generará incertidumbre en el sector.La inseguridad jurídica derivada de esta norma está también relacionada con la propuesta de que estas empresas tengan que desvelar sus algoritmos, lo que, además vulnera el secreto comercial y la propiedad intelectual de las empresas”, subrayan en un comunicado remitido a medios. Al afectar no solo a plataformas digitales de delivery, sino a otras empresas, creen conveniente reevaluar el impacto de esta obligación "sobre la tan necesaria digitalización de las empresas españolas”.

Confían en que en el proceso de elaboración del texto se pueda trabajar para evitar un “daño irreversible" a un sector en pleno desarrollo. “Es fundamental que España se sume al debate internacional sobre la regulación del trabajo en plataformas en lugar de regular unilateralmente la cuestión, discriminando un modelo empresarial concreto”.