La morosidad provoca el cierre de 400.000 empresas en España

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La morosidad ha provocado el cierre de más de 400.000 empresas en España desde el año 2008, según el 'Informe sobre la morosidad del crédito comercial en España 2014', elaborado por EAE Business School y la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad.

La morosidad también ha generado una menor competitividad de muchas empresas españolas y les ha obligado a despedir a sus empleados ante la demora en el cobro de sus facturas.
Concretamente, el estudio revela que el retraso medio en los pagos fue de 16,95 días, la tercera mayor media por detrás de Portugal e Italia. Esta cifra es superior a la media europea de retraso de pagos, que actualmente se sitúa en 14,11 días.

Además, el ratio de morosidad en 2013 en España (porcentaje de impagos respecto al total de facturación) se cifró en el 5,1%, una cifra muy superior a la media europea.

El director del Centro de Morosología de EAE Business School, Pere Brachfield, considera que es necesario promulgar un régimen sancionador que penalice el incumplimiento de la legislación antimorosidad. "Sin penalizaciones administrativas, será imposible conseguir el cumplimiento efectivo de la Ley".

Por otro lado, según el estudio, el periodo medio de pago del sector privado español en 2013 fue de 85 días, un 8,6% menos respecto al periodo medio de pago de 2012, que fue de 93. La cifra está lejos de lo que establece la ley, que indica que los plazos de pago no pueden superar los 60 días naturales.

Así, el 68% de las empresas se ha visto forzado a aceptar acuerdos comerciales que les obligan a cobrar a plazos superiores a los 60 días. Además, en caso de sufrir impagos, solo un 12% exige habitualmente a sus morosos los intereses de demora, frente al casi 75% restante que no lo hace.

Hacienda extremará la vigilancia en el pago del IVA
Por otro lado, la Agencia Tributaria ha anunciado esta semana el lanzamiento de un nuevo sistema de gestión de IVA con información en tiempo real. El objetivo es facilitar el pago y el cobro del impuesto, según ha informado el director del organismo, Santiago Menéndez.

El nuevo sistema, llamado 'Suministro Inmediato de Información' (S.I.I.), entrará en vigor el 1 de enero de 2017. Sólo será obligatorio para las grandes empresas, grupos societarios a efectos de IVA e inscritos en el régimen de devolución mensual del impuesto. Este colectivo engloba a unos 62.000 contribuyentes, aunque representa el 80% de la facturación total de los sujetos pasivos de IVA. El resto podrá acogerse voluntariamente.