La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dado luz verde a Telefónica para la compra de Canal+, en segunda fase y con compromisos sometidos a vigilancia. La adquisición tendrá una vigencia de cinco años desde que la resolución del expediente sea firme en vía administrativa y entonces la multinacional de telefonía podrá prorrogar el contrato tres años más.
Los competidores de Telefónica tendrán acceso a un máximo del 50% de sus canales con contenidos “premium” a precios que aseguren a la compañía la “replicabilidad” y eviten situaciones de “estrechamiento de márgenes”. Se refiere a los canales que ofrecen contenidos exclusivos como puede ser Fútbol, Fórmula 1, Moto GP y los Juegos Olímpicos, así como contenidos de estreno.
La CNMC ha apuntado que los compromisos aprobados para esta transacción permiten que los rivales de Telefónica puedan competir “eficazmente”.
Asimismo, el organismo regulador ha explicado que Telefónica podrá solicitar “motivadamente” el cambio de los compromisos adquiridos en caso de que existiera una modificación “relevante” de la estructura o una regulación de los mercados.
La decisión adoptada por el Consejo de la CNMC será firme en vía administrativa en el plazo de 15 días hábiles, si el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, de forma excepcional, no decide elevarlo al Consejo de ministros para estudiar la operación en términos ajenos a la competencia.
Telefónica, que maneja un 44% del capital de Canal+, pasaría a disfrutar del 100% de la compañía al comprar a Prisa su participación en la plataforma de televisión de pago.
El grupo de comunicación ha valorado positivamente la aprobación de la compra de Canal+ por parte de Telefónica y ha asegurado en un comunicado que le permitirá “centrarse” en sus negocios de educación e información. Esta aprobación facilita el cierre definitivo de la operación, que podría tener lugar en las próximas semanas.
Periodo de exclusividad de contenidos
Telefónica tendrá que limitar a tres años la duración de sus contratos de adquisición de contenidos y deberá también renunciar a los derechos de adquisición preferente. Por otra parte, la explotación en exclusiva de los contenidos que adquiera la compañía queda limitada a dos años y a determinados tipos de ventanas de emisión. Sin embargo, las retransmisiones de vídeo bajo demanda de películas y series de catálogo no tendrán que respetar la exclusividad.
De esta forma, la mayorista de telefonía no podrá adquirir derechos exclusivos de emisión que no tenga pensado explotar aunque estas condiciones no son aplicables para producciones propias. En el caso de los canales editados por terceros operadores, Telefónica no podrá adquirir derechos de emisión exclusiva de estos canales.
Condiciones en la permanencia y captación de usuarios
En lo que se refiere a la retención y captación de usuarios, Telefónica deberá renunciar a las exigencias y aplicación de cláusulas en el contrato sobre permanencia y no podrá intentar recuperar a “determinados” clientes durante los dos meses posteriores a la solicitud de baja.
Asimismo el tiempo estimado para tramitar una baja del servicio será limitado. Por ejemplo, para clientes de servicios no empaquetados, el tiempo será de un máximo de 15 días.
Telefónica, además, tendrá que comprometerse a asegurar el mantenimiento y cumplimiento de los contratos vigentes de Canal+ con otros operadores hasta que finalice la vigencia de cada uno y, una vez vencido, tendrá la obligación de prorrogar el servicio durante un plazo de seis meses, renunciando a realizar ventas “activas” a los clientes que contrataron con los operadores intermediarios.
Respecto al acceso a su red, la empresa española se compromete a prestar un servicio de acceso a de Internet en España con capacidad y garantías de calidad suficientes a terceros operadores y ofrecerá al menos 3 rutas de acceso con una congestión no mayor al 80%.