La imposición del régimen del teletrabajo a raíz de la propagación del coronavirus ha evidenciado la falta de regulación en torno a esta modalidad laboral. Ante esto, el Gobierno se ha propuesto formalizar un marco legal básico que defina las condiciones del trabajo a distancia.
De esta forma, desde la cartera de Trabajo tienen como objetivo establecer por Ley que las empresas compensen a sus empleados por los gastos incurridos al ejercer su actividad laboral desde casa. Algo similar a lo que ya ha ocurrido en Suiza, donde el Tribunal Supremo Federal ha resuelto que las empresas del país deben pagar parte del alquiler a sus empleados si estos trabajan desde sus casas a petición de los responsables de las compañías.
El teletrabajo era una modalidad que apenas practicaba el 5% de los trabajadores asalariados en nuestro país pero que, a causa de la pandemia y durante los últimos tres meses de confinamiento, se ha elevado hasta el 40% de la población activa.
Por eso, el ministerio de Trabajo abrió ayer el trámite de consultas públicas de cara a elaborar próximamente este proyecto de Ley. Con ello, el Ejecutivo pretende proporcionar una regulación que equilibre la aplicación de esta modalidad laboral y las ventajas que supone para compañías y profesionales.
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La propuesta de Ley también abordará aspectos preventivos relacionados básicamente con la fatiga física y mental, el uso de pantallas de visualización de datos y los riesgos del aislamiento.
Abogados, sindicatos y expertos en derecho laboral dan por hecho que son las empresas las que deben realizar compensaciones por los gastos derivados de realizar la actividad laboral desde casa, tal y como apuntamos en Reason Why hace unas semanas. Sin embargo, una vez que haya un marco legal que fije las bases, las condiciones concretas deberán establecerse entre el empleador y el trabajador, ateniéndose a lo indicado en los convenios pero adaptándolo a las características e idiosincrasia de cada caso particular. En España empresas como BBVA o Repsol ya lo tienen establecido en sus convenios. La primera fija una compensación de 50€ mensuales y la segunda cuanta con un tope de tres días laborales.