Sumar propone considerar engañosa la publicidad generada con IA que no incluya advertencias

  • Propone modificar siete leyes para regular las simulaciones de imágenes y voces de personas
  • También apuesta por crear dos consejos para evaluar el desarrollo normativo en torno a la IA
Una persona dibujando en una tableta digital

A principio del mes de octubre el grupo parlamentario Sumar presentó una propuesta de ley para regular la inteligencia artificial, y ya ha sido recogida en el Boletín del Congreso. Concretamente, el objetivo del texto propuesto pretende establecer normativas para la regulación de las simulaciones de imágenes y voces de personas generadas por medio de la inteligencia artificial.

Desde el partido liderado por Yolanda Díaz apuntan que "los avances de las tecnologías de la imagen y la utilización de la inteligencia artificial
en los últimos años ofrecen numerosas oportunidades en diferentes ámbitos de la
economía y la comunicación social, pero al mismo tiempo generan retos y problemas que no cuentan con una regulación adecuada dada su novedad". 

Sumar señala el fraude, la manipulación mediática o la difamación entre los riesgos de la IA

A este respecto, recuerdan las conclusiones del informe "Tackling deepfakes in European policy", emitido en julio de 2021 por el Parlamento Europeo. En él se citan diferentes categorías de riesgos asociadas a esta tecnología, incluyendo la difamación, la intimidación, el fraude, la manipulación mediática y electoral, el robo de identidad o los daños reputacionales. 

La propuesta de Sumar busca ampliar lo recogido en la Ley de Inteligencia Artificial que trabaja la Unión Europea mediante modificaciones en el ordenamiento jurídico español. Según explican, las más inmediatas y urgentes afectan a derechos fundamentales, como el acceso a una información veraz y la garantía del derecho al honor, a la propia imagen y a la intimidad de las personas.

En este sentido, Sumar propone la modificación de 7 leyes y recoge disposiciones adicionales para crear dos Consejos. Uno de ellos de Participación Ciudadana para la supervisión y evaluación de la inteligencia artificial, y otro Consultivo de cara a velar por el desarrollo normativo de las iniciativas legislativas necesarias para la protección de los derechos fundamentales y las libertades públicas. El Gobierno contaría con un plazo de seis meses para su constitución, elección de sus miembros, financiación y funcionamiento.

Modificar 7 leyes

Una de las normas que se propone modificar es la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, para incluir nuevos apartados en los artículos 157 y 158. Así, se consideraría infracción muy grave la difusión de imágenes, vídeos o audios de voz generados con IA sin la autorización o consentimiento expreso de la persona objeto, salvo que incluyan de forma clara y sobresaliente una advertencia de su condición de imagen generada por IA.

No obstante, el texto detalla que no se incurrirá en infracciones cuando la difusión esté autorizada por la ley para detectar, prevenir, investigar y perseguir infracciones penales, o cuando el contenido forme parte de una obra o programa evidentemente creativo, satírico, artístico o de ficción.

Otro texto a modificar sería la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. En este sentido, también se consideraría intromisión ilegítima la difusión de imágenes, vídeos o audios de voz generados por IA sin autorización previa o consentimiento expreso. 

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Sumar apuesta también por modificar la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para crear un nuevo artículo 208 bis, dentro del capítulo III del título XII. Este establecería que tendría consideración de injuria la acción que, sin autorización y con ánimo de menoscabar el honor, fama, dignidad o la propia estimación de una persona, recrease mediante sistemas automatizados la imagen corporal o audio de voz de una persona para su difusión. 

Además se modificaría el artículo 211 para considerar la difusión de imágenes, vídeos y audios creados por IA como injurias y calumnias, y se reputarán con publicidad cuando se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante. Al hacerlo en las redes sociales, también serán consideradas como injurias hechas con publicidad salvo que exista autorización expresa. 

Por otro lado, Sumar también propone modificar la Ley 1/2002, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, de tal forma que se contempla como medida cautelar específica la retirada de las simulaciones de imágenes, vídeos o voces de personas, generadas por sistemas automatizados de IA a petición de la persona afectada o sus representantes. 

Sumar propone cambiar la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

El texto de Sumar apuesta por crear un nuevo artículo 22 bis la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, con la intención de especificar que la ley se aplicaría a los datos personales generados con imágenes,
audios o sonido utilizados por el algoritmo para realizar el aprendizaje automático. 

Asimismo, también se propone cambiar la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal para considerar desleal, por engañosa, la utilización en comunicaciones comerciales de imágenes o sonidos creados por sistemas automatizados de inteligencia artificial o la modificación de las apariencias
corporales utilizadas en dichas comunicaciones sin advertir de ello en la propia comunicación comercial de una forma clara y sobresaliente.

Por último, Sumar aspira a modificar la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General con el objetivo de castigar con pena de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses la difusión de imágenes o audios alterados o recreados mediante sistemas automatizado de IA de las personas candidatas de forma maliciosa o sin autorización. 

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