McDonald's pierde la marca ‘Big Mac’ para productos de pollo en la Unión Europea

  • El Tribunal de Justicia considera que McDonald's no ha demostrado su uso efectivo en los últimos cinco años
  • La cadena ya no tiene derechos exclusivos para utilizar ‘Big Mac’ para referirse, por ejemplo, a sándwiches de pollo
Hamburguesa de pollo

McDonald's ya no posee los derechos exclusivos para utilizar la marca "Big Mac" cuando se trata de productos de pollo en la Unión Europea, tal y como ha concluido una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El fallo considera que la cadena estadounidense de hamburgueserías no ha demostrado su uso efectivo en la región durante un período ininterrumpido de cinco años respecto de determinados productos y servicios. 

El origen de la resolución, tal y como señala el propio Tribunal en un comunicado, se encuentra en un litigio entre la cadena de comida rápida irlandesa Supermac's y McDonald's en torno a la marca ‘Big Mac’. Y es que en el año 2017 Supermac's presentó una solicitud de caducidad de la citada marca respecto a determinados productos y servicios, señalando que ‘Big Mac’ no se había sido usada de manera efectiva en la Unión Europea respecto a dichos productos durante cinco años ininterrumpidos. 

McDonald's solicitó ‘Big Mac’ en 1996 ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

McDonald's solicitó ‘Big Mac’ en 1996 ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) para utilizarla para una amplia variedad de alimentos, incluidos "sándwiches comestibles", "sustitutos del café", "sándwiches de pollo" y "postres". Sin embargo, el alcance del uso público del término Big Mac por parte de McDonald's en la Unión Europea parece limitarse a su hamburguesa de carne de vacuno con queso y de dos pisos. 

Así es como lo ha entendido precisamente el Tribunal, que considera que McDonald’s no ha demostrado que dicha marca haya sido objeto de un uso efectivo a respecto a los productos “sándwiches de pollo”, “platos a base de productos de aves” y los
servicios “prestados o relacionados con la explotación de restaurantes y otros establecimientos o instalaciones de restauración para el consumo y para la compra desde automóviles (drive in) y con la preparación de comidas para llevar". 

Las pruebas aportadas por McDonald’s no proporcionan ninguna indicación sobre la importancia del uso de la marca Big Mac para designar los referidos productos, en particular en lo que se refiere al volumen de ventas, la duración del período en el que se llevaron a cabo esos actos de uso y su frecuencia”, explican desde el Tribunal. 

Conforme a la regulación en materia marcaria, se establece la obligatoriedad del titular de una marca de usar el signo que ha registrado conforme a como ha sido registrado y para todos los productos y servicios designados por la misma”, explica Emilia Seijo, abogada del Área de Marcas y Brand Intelligence de Pons IP, en declaraciones a Reason.Why. “El objetivo principal de esta medida es que se mantengan en vigor las marcas que estén siendo realmente utilizadas, de modo que las que no estén siendo utilizadas no puedan impedir el registro de nuevas marcas por terceros”.

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La obligatoriedad de uso, nos señalan los abogados, solamente es exigible cuando han transcurrido cinco años desde la concesión de la marca, que en este caso fue 1998. Así, una vez transcurrido el plazo, el titular puede verse requerido a probar el uso en procedimientos establecidos por la legislación marcaria, entre los que se encuentra la acción de caducidad por falta de uso, que es la vía tomada por Supermac's.

Ante el fallo, McDonald's asegura, según recoge Sky News, que la decisión no afectará de ninguna manera a su capacidad de usar o proteger la marca ‘Big Mac’ contra infracciones. "Nuestro icónico Big Mac es adorado por clientes de toda Europa y estamos emocionados de continuar sirviendo con orgullo a las comunidades locales, como lo hemos hecho durante décadas", han señalado desde la empresa. 

Supermac's considera el fallo una victoria y un avance para su expansión

Pat McDonagh, Fundador y CEO de Supermac's, considera que la decisión supone una reivindicación de las pequeñas empresas de todo el mundo que se enfrentan a poderosas entidades globales. "Significa que podemos expandirnos a otros lugares con Supermac en toda la Unión Europea, por lo que hoy es una gran victoria para nosotros", ha comentado en la radio irlandesa Newstalk

Desde Pons IP apuntan que el caso refleja la importancia, no sólo de registrar la marca, sino de atender a todos los aspectos legislativos relacionados. “La obligatoriedad de uso y la acreditación documental del mismo como se desprende de la sentencia es de vital importancia para todos los titulares de marcas, sin importar que el titular sea una pequeña empresa o una multinacional como McDonald’s, ya que en el caso de que no sean aportadas suficientes pruebas para acreditar el uso de la marca esta corre el riesgo de que esta sea caducada como ha ocurrido en este caso”; comenta Emilia Seijo. 

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