El primer aniversario de la aprobación del Código de Publicidad Infantil de Juguetes han servido como ocasión para que la Comisión de Seguimiento creada para monitorizar su evolución haga una valoración positiva de la evolución de la publicidad del sector, según un comunicado hecho público ayer por el Ministerio de Consumo, la Asociación Española de Fabricantes de Juguetes (AEFJ) y Autocontrol de la Publicidad, entidades firmantes del documento.
El código firmado hace ahora un año y vigente desde el pasado 1 de diciembre establece una serie de normas por las cuales se precisa y amplía el alcance de las obligaciones legales exigibles a la publicidad de juguetes. Entre ellas, se hace especial hincapié en las que atañen a la igualdad, como la no sexualización de las niñas o la prohibición de distinguir entre juguetes para niños y niñas. Además, se prohíbe la inclusión de imágenes que puedan fomentar el acoso escolar y se regula la aparición en los anuncios de personajes populares, sean reales o ficticios.
Un 66,6% de los informes sobre publicidad de juguetes emitidos por Autocontrol el pasado año fueron positivos
El comunicado emitido con motivo del primer aniversario de la aprobación del código informa asimismo de que Autocontrol revisó el año pasado 1.519 proyectos de anuncios de juguetes y que, del total de informes emitidos, un 66,6% fueron positivos, en un 32,7% se recomendó introducir algún cambio en el anuncio y un 0,7% fueron negativos, es decir, se desaconsejó la difusión del anuncio.
La Comisión de Seguimiento hace una valoración positiva de estos datos y destaca que el recurso voluntario a la autorregulación “permite detectar y corregir cuando es necesario los proyectos de anuncios de juguetes antes de su difusión para asegurar su corrección legal y deontológica”, según se afirma en el comunicado.
Reclamaciones al Jurado
Por otra parte, Autocontrol ha informado que, al margen de las consultas previas, a lo largo de 2022 su Jurado recibió solo dos reclamaciones relativas a publicidad de juguetes, en ambos casos dirigidas contra distribuidoras. Se plantearon por entender que podía existir riesgo de engaño a los consumidores en relación con las condiciones de las promociones ofertadas y fueron estimadas por el Jurado.
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