Unilever no hará promoción de sus productos de alimentación y sus bebidas entre los menores de 16 años, según ha informado la multinacional a través de un comunicado. La medida parte del hecho, explica la compañía, de que “los niños están cada vez más expuestos a contenido promocional online de numerosos sectores", pero la restricción autoimpuesta se aplicará en los medios tradicionales y en las redes sociales. La nueva política entrará en vigor el 1 de enero de 2023.
La compañía no solicitará ni almacenará datos de los menores de 16 años
Aparte de la limitación general de no hacer comunicaciones de marketing a los menores de 16 años, las nuevas líneas de actuación de Unilever implican que la compañía no solicitará ni almacenará datos de los menores de 16 años, y que no trabajará con personajes famosos, influencers o estrellas de las plataformas sociales que sean menores de esa edad o tengan su público principal en ese grupo. Hasta ahora, la multinacional tenía estas normas para el público menor de 13 años de edad.
Asimismo, Unilver informará ampliamente a los influencers acerca de su nueva política y tratará de “limitar el interés de los niños por el contenido que los influencers generen”. La compañía no promocionará sus productos en los colegios, “excepto a través de la participación en programas educacionales cuando se nos requiera expresamente para ello”.
La importancia de los helados
Unilever señala que la limitación se aplica a toda su gama de productos, aunque en su comunicado dedica una parte relevante a los helados, que forman una porción importante de su gama de productos de alimentación y que obviamente tienen en los menores una parte importante de su público.
“Creemos que le gente merece darse un capricho de vez en cuando", señala Matt Close, Presidente de la División de Helados de la compañía, “pero nos comprometemos a comercializar ese tipo de productos de manera responsable. Eso significa que recocemos el poder de las redes sociales y del marketing con influencers en las elecciones de los niños, y que vamos a afrontar la cuestión”.
Close afirma asimismo en el comunicado que “nuestro objetivo es seguir reduciendo la exposición de los niños a la publicidad de alimentos y bebidas y ayudar a los padres en ese sentido, las personas responsables de los niños volverán a tener el control de las decisiones cuando se trate de conceder un capricho a sus hijos”.
"Un gran paso adelante" sobre la regulación
Unilever añade que, como ha hecho siempre la compañía, su comunicación de marketing y en el punto de venta seguirá respetando todos los preceptos legales y los códigos autorregulatorios vigentes en los países en donde opera. “En algunos mercados, incluidos por ejemplo el Reino Unido y Portugal”, añade, “las leyes y códigos existentes ya incluyen estos nuevos principios de manera parcial o total, o incluso los exceden. Pero para la mayoría de los países del mundo este es una gran paso adelante”.
En España, Unilever está adherida al Código PAOS sobre publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores
En España, Unilever es una de las empresas adheridas al Código PAOS, texto autorregulatorio sobre publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores y cuyos fines son la prevención de la obesidad y la salud. El texto se aplica a la publicidad dirigida a menores de 12 años a través de medios audiovisuales e impresos y a la dirigida a los menores de 15 años a través de internet.
“Como regla general”, señala el código, “los mensajes publicitarios de alimentos o bebidas no deberán promover o presentar hábitos de alimentación o modos de vida poco saludables tales como comer o beber de forma inmoderada, excesiva o compulsiva, ni deberán fomentar, aprobar o presentar de forma condescendiente hábitos de vida sedentarios”.
“A tal efecto”, precisa, “la publicidad de estos productos (…) no deberá mostrar el alimento o bebida promocionado en cantidades excesivas o desproporcionadas”.
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El Real Decreto del ministerio de Consumo
En este contexto, el ministerio de Consumo de nuestro país considera que el Código PAOS, aprobado en 2005 y revisado en 2013, no se adecua a la realidad actual y, por tanto, resulta necesario “reforzar la protección de la infancia y la juventud frente a los mensajes publicitarios de alimentos de baja calidad nutricional”.
El ministerio de Consumo quiere regular la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores
Para ello ha elaborado un borrador de Real Decreto que se hizo público el pasado 7 de marzo. El texto estipula que la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a público infantil estará regida por el principio de identificación de las comunicaciones comerciales, de veracidad, de responsabilidad social, y el principio de promoción de hábitos de alimentación y estilos de vida saludables.
Contrarias a este serán aquellas comunicaciones que muestren hábitos de vida sedentaria, formas de comer y beber compulsivas o inmoderadas; que presenten los productos como sustitutivos de comidas, o muestren la comida en cantidades excesivas. Así, se establecen cinco categorías de las que no podrá llevarse a cabo publicidad dirigida a menores, independientemente del contenido de nutrientes:
- Chocolate y productos de confitería, barritas energéticas, coberturas dulces y postres (incluye barritas de cereales)
- Pasteles, galletas dulces y bollería, otros productos de pastelería y polvos para prepararlos
- Zumos
- Bebidas energéticas
- Helados
Para el resto de categorías de productos, se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos cada producto.